- 22 de febrero de 2019
El juez en lo Penal, Correccional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires Norberto Tavosnanska sobreseyó ayer a los siete metrodelegados acusados de “asociación ilícita” por parte del Ministerio Público Fiscal
El juez en lo Penal, Correccional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires Norberto Tavosnanska sobreseyó ayer a los siete metrodelegados acusados de “asociación ilícita” por parte del Ministerio Público Fiscal por el hecho de haber llevado adelante medidas de fuerza en el subte.
Además, el magistrado valoró la presentación de los representantes de los organismos de derechos humanos, que en enero habían solicitado ser incluidos en la causa como Amicus Curiae. “Admitió que en la causa estaban en juego derechos humanos de segunda generación”, destacó el abogado de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, Eduardo Tavani.
En su resolución de ayer, Tavosnanska rechazó prácticamente todos los argumentos de la fiscalía porteña. “No hay elementos mínimos (para afirmar) que estamos en presencia de una asociación ilícita”, sostuvo tajante el magistrado y remarcó, en cambio, que se trató de un “conflicto sindical y laboral”.
“Cuando se ejerce un derecho constitucional, cuando hay huelga, no puede ser prohibida, el tema es la metodología que se considera desproporcionada o no”, señala Tavosnanska. Pero según el magistrado, “fue mínimo” el impedimento utilizado para llevar a cabo las medidas de fuerza. Por otro lado, consideró que había “vías alternativas de circulación”.
El representante de los organismos de Derechos Humanos dijo a PáginaI12 que “lo resuelto ubica y reconoce con claridad la disponibilidad de medios con los que cuentan los trabajadores y sus organizaciones para ejercer sus derechos, que no pueden ser objeto de persecución penal”.
En ese sentido, para Tavani, la importancia del sobreseimiento de los trabajadores Carlos Augusto Pena, Gregorio Federico Soria, Noelia Elizabeth Rodas, Marcos Raúl Robledo, Claudio Fernando Rosas, Hugo y Leonardo Giménez radica en que logró “desbaratar una acusación sin fundamento alguno, que pretendió sostenerse en la figura de la asociación ilícita perseguida inverosímilmente por la representante del Ministerio Público Fiscal”, en referencia a Celsa Ramírez.
Esta imputación “mantenía a un grupo de trabajadores sometidos a proceso por el solo hecho de haber ejercido derechos reconocidos por normativa vigente y que a nuestro entender y ahora tras el fallo, al del propio magistrado, carecía de asidero”, resaltó el abogado.
El motivo de la acusación impulsada por la fiscal Ramírez fue el plan de lucha que los metrodelegados desarrollaron a mediados de 2018 para que, tanto la empresa Metrovías como el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta, incorporaran a su sindicato a la mesa de negociación de aumento salarial. Entonces, los trabajadores liberaron los molinetes y llevaron a cabo paros escalonados y por línea para insistir en que fueran citados a la negociación, medidas a las que la empresa y el Ejecutivo de la Ciudad respondieron con sanciones.
En mayo, la situación culminó en represión y 16 trabajadores y delegados detenidos. La orden la emitió, también, la fiscal Ramírez quien, durante la audiencia de ayer insistió en que la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGSTyP) es una “organización que tiene como objeto la interrupción del servicio público”, reforzando la idea de que los trabajadores actuaron en tanto integrantes de una “asociación ilícita”.
“La finalidad es de cometer delitos. Los elementos del legajo demuestran el accionar de los imputados, y uno de los propósitos es entorpecer el normal funcionamiento del transporte”, aseguró la funcionaria del Ministerio Público Fiscal. El juez no lo consideró así.
COMENTARIOS
No han dejado comentarios
Escriba su comentario