En una medida inesperada, el Gobierno nacional, a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), reduce las indemnizaciones por invalidez resultantes de accidentes de trabajo. La medida, que nadie esperaba, fue publicada en el Boletín Oficial

NUESTRO ADELANTO  úLTIMO DíA DEL MES DE SEPTIEMBRE POLéMICA

El Gobierno cambió un índice a partir del cual se calculan indemnizaciones por accidentes de trabajo. Habla de «incrementos desmedidos».

En una medida inesperada, el Gobierno nacional, a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), reduce las indemnizaciones por invalidez resultantes de accidentes de trabajo. La medida, que nadie esperaba, fue publicada en el Boletín Oficial y el Gobierno la justificó por las presuntas consecuencias de «incrementos desmedidos» de esos resarcimientos.

A través del DNU 669, publicado este lunes, se estableció que «desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado».

Hasta hoy, el índice que se tomaba en cuenta para actualizar la indemnización hasta el momento del cobro era el de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, un índice mayor.

Por ejemplo, el RIPTE de todo el 2018 fue de 27,72%, contra un 40,63% de la tasa activa del Nación.

Otro punto polémico es que esta medida tendrán vigencia retroactivamente, ya que en el artículo 3 establece que «se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante».

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